Bogotá, 20 de febrero de 2026. — La Superintendencia Nacional de Salud emitió una directriz perentoria dirigida a todas las entidades responsables del aseguramiento en salud (EPS). En ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, el ente regulador exige la identificación y eliminación inmediata de cualquier barrera administrativa, contractual u operativa que restrinja el acceso efectivo a los servicios de salud de los afiliados.
Esta medida se fundamenta en la Ley Estatutaria 1751 de 2015, la cual establece que la salud es un derecho fundamental autónomo e irrenunciable. Por tanto, las EPS deben asegurar de manera continua y oportuna todas las fases de atención, desde la promoción y prevención hasta el tratamiento y la paliación.
Protección reforzada para poblaciones vulnerables
La Supersalud enfatizó que esta obligación es especialmente exigible para sujetos de especial protección constitucional. El cumplimiento inmediato de estas instrucciones es obligatorio para la atención de:
- Mujeres gestantes, niñas, niños y adolescentes.
- Personas mayores, víctimas del conflicto armado y personas con discapacidad.
- Pacientes con diagnósticos de cáncer, VIH, enfermedades huérfanas, de alto costo o personas trasplantadas.
La entidad reiteró que las negativas injustificadas de servicios vulneran directamente los derechos fundamentales, tal como lo ha señalado la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
Control estricto sobre medicamentos
Frente a la entrega de medicamentos y tecnologías en salud, las EPS no podrán trasladar a los usuarios las consecuencias de sus fallas logísticas, financieras o contractuales. Las entidades están obligadas a:
- Ejercer un control permanente sobre sus operadores logísticos y gestores farmacéuticos.
- Activar planes de contingencia inmediatos ante reportes de medicamentos agotados o desabastecidos.
- Garantizar el suministro integral sin interrupciones, conforme a la normativa vigente.
Vigilancia y sanciones
La Superintendencia advirtió que ejercerá un control focalizado y adoptará medidas sancionatorias y administrativas especiales frente a cualquier incumplimiento de estas obligaciones. Asimismo, invitó a la ciudadanía a reportar de manera oportuna las barreras de acceso a través de sus canales institucionales, como la Línea Gratuita Nacional 018000 513 700 y su página web oficial.
















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