La convivencia entre personas y animales de compañía es una realidad cotidiana en los conjuntos residenciales del país. Según el DANE, el 67% de los hogares colombianos convive con al menos una mascota, lo que convierte a los animales en un miembro más de la familia. Sin embargo, esta nueva dinámica plantea retos de convivencia en la propiedad horizontal, donde los espacios compartidos requieren reglas claras y respeto mutuo.
Ante este panorama, ComunidadFeliz, plataforma tecnológica especializada en la administración de edificios y conjuntos, presentó una guía que reúne el marco jurídico vigente y una serie de recomendaciones prácticas para promover comunidades más armónicas y pet-friendly.
“El reglamento interno de un conjunto no puede ir en contra de las leyes nacionales. Prohibir tener mascotas es una medida ilegal. Lo que sí puede hacerse es establecer normas que regulen la convivencia”, explica Amable Rivas, gerente general de ComunidadFeliz en Colombia.
El marco legal que protege a los dueños de mascotas
En Colombia, la Ley 675 de 2001 permite que cada copropiedad defina su reglamento interno, pero este no puede contradecir la legislación nacional. La Ley 1801 de 2016 (Código de Policía) garantiza el derecho a tener animales de compañía y a circular con ellos por las zonas comunes, siempre que se cumplan las normas de higiene y seguridad.
Además, la Ley 1774 de 2016 reconoce a los animales como seres sintientes y tipifica el maltrato como delito. En múltiples fallos, la Corte Constitucional ha reiterado que nadie puede prohibir tener mascotas en su vivienda, pues hacerlo vulnera el libre desarrollo de la personalidad.
En síntesis, la normativa busca equilibrio: proteger el derecho de las familias a convivir con sus mascotas y al mismo tiempo garantizar la tranquilidad y seguridad de la comunidad.
Claves para una convivencia sana con mascotas
ComunidadFeliz recomienda a los administradores y residentes seguir estas pautas para reducir conflictos y fomentar el respeto mutuo:
- Cumplir el reglamento interno: aunque no se puede prohibir tener mascotas, sí es posible regular horarios, zonas de esparcimiento y número de animales por unidad.
- Controlar el ruido: el ladrido o maullido constante genera molestias. El paseo diario y el adiestramiento ayudan a prevenirlo.
- Mantener el bienestar animal: garantizar vacunas, desparasitación y mallas de seguridad en balcones.
- Uso responsable de zonas comunes: los perros deben ir con correa y, si son de manejo especial, también con bozal.
- Mascotas de apoyo emocional: su presencia en espacios comunes no puede ser restringida injustificadamente.
Caninos de manejo especial: obligaciones adicionales
Los propietarios de razas de manejo especial deben cumplir requisitos específicos:
- Correa y bozal obligatorio en espacios comunes.
- Registro en el censo municipal de mascotas.
- Permiso de posesión emitido por la autoridad local.
- Póliza de responsabilidad civil por posibles daños.
- Supervisión constante para evitar incidentes.
Estas normas buscan garantizar la seguridad sin estigmatizar a las razas, priorizando el bienestar general.
Administradores: mediadores de la convivencia
La Ley 675 faculta a las administraciones a imponer sanciones por incumplimiento, pero su papel debe ir más allá. Según Rivas, “la administración puede convertirse en promotora del diálogo, impulsando iniciativas pet-friendly y fomentando una cultura de respeto y responsabilidad”.
De esta forma, los conjuntos residenciales pueden evolucionar hacia comunidades más inclusivas y empáticas, donde los conflictos se transformen en oportunidades de integración.
Preguntas frecuentes sobre mascotas en propiedad horizontal
- ¿Pueden prohibirme tener mascota? No. Es ilegal.
- ¿Pueden sancionarme si causa daños? Sí. El propietario debe responder económicamente.
- ¿Existen razas prohibidas? No. Solo se aplican medidas especiales de seguridad.
- ¿Qué hacer ante quejas por ruido? Dialogar, entrenar y aplicar rutinas de paseo.
- ¿Qué pasa si hay maltrato? Es un delito que debe denunciarse ante las autoridades.
En conclusión, la convivencia con mascotas en propiedad horizontal no es un problema legal, sino social y cultural. Con empatía, reglas claras y compromiso de todos, los animales seguirán ocupando su lugar legítimo en los hogares colombianos: el de compañeros y miembros de la familia.
















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