A partir del 1 de julio de 2025, entra en vigencia la nueva ley de reforma pensional en Colombia, con importantes implicaciones para los trabajadores independientes y contratistas, especialmente en el uso de la Planilla PILA. El nuevo esquema por pilares redistribuirá las cotizaciones de pensión dependiendo de los ingresos del aportante, generando un cambio sustancial en el sistema de aportes al que deberán adaptarse miles de colombianos.
Un modelo por pilares: ¿qué significa para ti?
El nuevo sistema establece cuatro pilares: solidario, semi-contributivo, contributivo y voluntario. Los trabajadores independientes que ganen hasta 2,3 salarios mínimos (SMLV) deberán aportar a Colpensiones, mientras que el excedente será administrado por un ACCAI (Administrador del Componente Complementario de Ahorro Individual).
José Jesús Ramírez, gerente del operador miplanilla.com, explicó que el sistema identificará automáticamente la distribución de los aportes. “Todo lo que se gane hasta 2.3 SMLV irá a Colpensiones y lo que supere esa cifra irá a un ACCAI”, explicó. Además, quienes no eligieron un ACCAI antes de enero de 2025, fueron asignados automáticamente por el gobierno y podrán cambiarlo seis meses después de que comience a regir la ley.
¿A quién aplica la reforma?
La normativa aplica para hombres con menos de 900 semanas cotizadas y mujeres con menos de 750 semanas al 1 de julio de 2025. Quienes superen estas semanas ingresarán en el régimen de transición y seguirán cotizando bajo el sistema anterior (Ley 100 de 1993).
¿Qué pasa con la Planilla PILA?
La plataforma miplanilla.com facilitará el proceso de liquidación, haciendo automáticamente la distribución entre Colpensiones y el ACCAI. Aunque el procedimiento de liquidación no cambia, los aportantes deberán estar atentos a su número de semanas cotizadas y a la variación en sus ingresos mensuales, ya que esto afectará cómo se distribuye su cotización.
Además, la nueva reforma elimina los aportes voluntarios en pensión obligatoria y habilita el ahorro voluntario exclusivamente a través del Pilar de Ahorro Voluntario en administradoras como Skandia y Protección.
¿Y los contratistas?
Con la Resolución 467 de 2025, las empresas podrán asumir el pago de seguridad social de sus contratistas, reteniendo del contrato el valor correspondiente. Sin embargo, esto debe acordarse entre las partes.
“Es fundamental que independientes y contratistas revisen si entran en el nuevo régimen o el de transición y confirmen con sus contratantes quién hará el pago. Las novedades en la PILA se verán reflejadas en agosto, cuando se liquiden los aportes de julio”, finalizó Ramírez.
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