Foto: Presidencia
Cúcuta, Norte de Santander, 19 de marzo de 2025. El alcalde encargado, Mauricio José Franco Trujillo, emitió el Decreto 092, que establece medidas excepcionales para garantizar el orden público durante la visita del presidente Gustavo Petro el 20 de marzo. Entre las disposiciones se incluyen restricciones al uso de drones, transporte irregular y alerta amarilla hospitalaria.
Medidas excepcionales para la visita presidencial
El alcalde encargado de Cúcuta, Mauricio José Franco Trujillo, emitió el Decreto 092 el 19 de marzo de 2025, con el objetivo de garantizar el orden público, la tranquilidad y la seguridad ciudadana durante la visita del presidente de la República, Gustavo Francisco Petro Urrego, al municipio de San José de Cúcuta. La visita está programada para el 20 de marzo de 2025, y las medidas adoptadas buscan prevenir posibles alteraciones al orden público.
Cabe destacar que el alcalde titular de Cúcuta es Jorge Acevedo, pero en este caso, Mauricio José Franco Trujillo actúa como alcalde encargado y es quien firma el decreto.
Restricciones clave del decreto
El decreto establece varias medidas excepcionales que estarán vigentes durante la visita presidencial:
- Prohibición del uso de drones:
Desde las 6:00 p.m. del 19 de marzo hasta las 6:00 p.m. del 20 de marzo, se prohíbe el uso de vehículos aéreos no tripulados (drones) en el municipio de Cúcuta. Esta medida se basa en la Resolución 01983 del 27 de septiembre de 2023. - Restricciones al transporte:
Desde las 7:00 a.m. hasta las 8:00 p.m. del 20 de marzo, se prohíbe el transporte de personas en platones, carrocerías o en las partes externas de vehículos, así como el uso de vehículos de tracción animal. Estas restricciones se alinean con el Código Nacional de Tránsito y Transporte. - Alerta amarilla hospitalaria:
Se declara una alerta amarilla hospitalaria en Cúcuta desde las 7:00 a.m. del 20 de marzo hasta las 7:00 a.m. del 21 de marzo. Esta medida busca garantizar la disponibilidad de servicios médicos durante la visita presidencial. - Prohibición de tránsito de parrilleros:
A partir de las 7:00 a.m. del 20 de marzo, se prohíbe el tránsito de parrilleros (hombres o mujeres) en el municipio.
Excepciones y vigilancia
El decreto establece excepciones para ciertos grupos, como la Fuerza Pública, empresas de seguridad acreditadas, entidades de salvamento y rescate, profesionales de la salud en cumplimiento de sus funciones, y funcionarios públicos en ejercicio de sus labores.
La Policía Nacional y las autoridades de tránsito serán responsables de vigilar el cumplimiento de estas medidas y de imponer las sanciones correspondientes en caso de incumplimiento, de acuerdo con la Ley 1801 de 2016.
Extensión de las medidas
Si las condiciones de seguridad y orden social lo ameritan, las medidas podrán extenderse por 24 horas adicionales, según lo establecido en el Artículo Séptimo del decreto.
Comunicación y vigencia
El decreto será difundido masivamente a través de los medios de comunicación locales y la página web de la Alcaldía para garantizar que la comunidad esté informada. Las medidas estarán vigentes desde su expedición hasta las 7:00 a.m. del 21 de marzo de 2025.
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