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Niegan recurso a Invías sobre caseta de peaje La Parada en Villa del Rosario 

3 de abril de 2025
in Departamentales, Lo Destacado, Noticias
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Inspector de Policía niega recurso de Invías y mantiene sanción por reconstrucción irregular de peaje en Villa del Rosario

Villa del Rosario, 3 de abril de 2025 – En una audiencia pública celebrada este 2 de abril, el Inspector de Policía Jaime Castro Martínez negó el recurso de reposición interpuesto por la Unión Temporal Peajes Nacionales (UTPN), representante del Instituto Nacional de Vías (Invías), en contra de la sanción que ordena la demolición de la caseta del peaje La Parada por carecer de licencia de intervención del espacio público. La decisión final ahora recae en el alcalde Camilo Suárez, quien tendrá hasta después de Semana Santa para resolver si el consorcio requiere o no el permiso para reconstruir la infraestructura.

Antecedentes del caso

El conflicto inició el 25 de febrero de 2025, cuando la Inspección de Policía verificó que la UTPN realizaba trabajos de demolición y reconstrucción en la caseta sin la licencia de intervención y ocupación del espacio público, exigida por el artículo 223 de la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana). Pese a los argumentos del Invías —que alegó excepciones legales por tratarse de infraestructura vial nacional—, el inspector Castro Martínez emitió el Auto 022 de 2025, que impuso:

  • Multa de 200 salarios mínimos (aproximadamente $260 millones).
  • Orden de demolición total de la estructura en un plazo de 5 días hábiles, salvo que se presente un estudio técnico que la avale.
  • Suspensión inmediata de obras hasta regularizar los permisos.

Argumentos clave del fallo

Durante la audiencia, la abogada de la UTPN, Edna Rocío Suárez Aristizábal, insistió en que el Invías y su operador no requieren licencia bajo el Decreto 1077 de 2015, que exime a proyectos de infraestructura vial nacional. Sin embargo, el inspector destacó que:

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  1. La excepción no aplica: El decreto solo cubre licencias de construcción, no las de ocupación del espacio público, necesarias para intervenciones en bienes de uso común.
  2. Falta de sustento: El contrato de concesión No. 1702 de 2021 con la UTPN solo autoriza el recaudo de peajes, no obras de reconstrucción. Así lo confirmó el propio Invías en un oficio del 25 de marzo.
  3. Precedente legal: Citó jurisprudencia del Consejo de Estado que respalda la aplicación de medidas cautelares sin prejuzgar el fondo del caso.

Declaración del inspector Castro Martínez:
«La ley es clara: toda intervención en espacio público requiere licencia municipal. Invías no demostró que sus acciones estén amparadas por planes de desarrollo vigentes en Villa del Rosario».

Próximos pasos

La UTPN anunció que apelará ante el alcalde Camilo Suárez, último escalón en la jerarquía policiva. De mantenerse la sanción, el consorcio podría acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa. Mientras tanto:

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  • El peaje sigue sin operar, afectando los ingresos por recaudo en esta vía fronteriza.
  • La Alcaldía deberá emitir su fallo después del 7 de abril, tras Semana Santa.

Impacto en la comunidad

El peaje La Parada, ubicado en la Autopista Internacional Cúcuta-Puente Simón Bolívar, es estratégico para el comercio binacional. Su cierre temporal ha generado:

  • Protestas de transportistas, que exigen agilidad en la reconstrucción.
  • Preocupación por seguridad, tras el atentado del ELN que destruyó la caseta en enero de 2025.

Testimonio clave:
Miguel Ángel Flórez Rivera, veedor ciudadano y querellante en el caso, afirmó:
«Aquí se defiende el interés público. No puede haber obras sin control urbanístico, menos en un corredor tan sensible».


Análisis jurídico: ¿Por qué el Invías insiste en no tramitar la licencia?

El debate gira en torno a dos normas:

  1. Decreto 1077 de 2015: Exime a Invías de licencias de construcción en vías nacionales, pero no menciona las de ocupación del espacio público.
  2. Ley 1796 de 2016: Establece que las entidades públicas no requieren licencia si actúan en cumplimiento de sus funciones. No obstante, el inspector determinó que la UTPN no está ejecutando una obra vial, sino una actividad comercial (recaudo).

Expertos consultados coinciden en que el alcalde enfrenta un dilema:

  • Si avala la sanción, retrasaría la reactivación del peaje.
  • Si la revoca, sentaría un precedente riesgoso para el control urbanístico.
ACTA 02-04-2025 CASETA DEL PEAJE – LA PARADADescarga
Tags: Alcaldía de Villa del RosarioInvíasPeaje La Paradasanción urbanísticavilla del rosario
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