A partir de hoy, queda prohibido el tránsito aduanero internacional de cigarrillos clasificados en la partida arancelaria 24.02 del Arancel de Aduanas, aunque no tengan como destino final Colombia. Esto significa que aquellos que ingresen al territorio nacional únicamente podrán hacerlo para consumo interno y con su debida nacionalización.
La decisión responde al crecimiento del contrabando abierto y técnico por subfacturación entre 2021 y 2023, que generó pérdidas para el Estado por más de 94.874 millones de pesos en tributos aduaneros. En el mismo periodo y hasta el primer semestre de 2025, la DIAN presentó 133 denuncias ante la Fiscalía por delitos relacionados con el contrabando de cigarrillos y tabaco, valorados en más de 71.200 millones de pesos.
Según el director general (e) de la DIAN, Luis Eduardo Llinás, esta acción busca proteger la economía, la industria legal y reforzar los controles fronterizos: “Nuestra lucha contra este delito es frontal y sin tregua”.
Además, la resolución permite importar, bajo modalidad de entrega urgente, bienes y repuestos necesarios para garantizar servicios críticos como transporte aéreo, marítimo y energía eléctrica, con el fin de responder a emergencias derivadas de fenómenos como el cambio climático. Esto incluye medidas para evitar interrupciones en salud, acueducto, transporte y comunicaciones.
Con esta disposición, la DIAN refuerza su compromiso en la lucha contra el contrabando y en la protección de sectores estratégicos para el país.
















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