La Corte Constitucional ha confirmado la aplicación del impuesto nacional sobre los productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes, generando preocupación en la industria plástica del país.
En su reciente fallo, el alto tribunal declaró inexequible la expresión «para consumo propio» dentro de la descripción del hecho generador aplicable a las importaciones. Esto significa que el impuesto no solo se aplicará a los productos plásticos en sí, sino también a los bienes importados que estén contenidos en envases o empaques plásticos, como productos de aseo, alimentos y bebidas.
Además, la Corte reafirmó que el gravamen también se causa sobre los productos plásticos utilizados en bienes destinados a la exportación, lo que podría encarecer significativamente los costos para las empresas que compiten en mercados internacionales.
Ante esta decisión, Daniel Mitchell, presidente de Acoplásticos, gremio que representa la industria plástica en Colombia, manifestó su preocupación: «Somos respetuosos de la determinación de la Corte, pero debemos resaltar el impacto negativo en la competitividad de la industria. Este impuesto equivale, en promedio, al 20% del valor del producto exportado, situando a las empresas colombianas en una desventaja frente a sus competidores internacionales. Cerca de 400 millones de dólares en exportaciones de empaques y envases plásticos podrían estar en riesgo».
Ahora, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) deberá definir los mecanismos para liquidar y fiscalizar el pago del tributo sobre los bienes importados y exportados que contengan envases plásticos, lo que podría generar nuevas implicaciones para las empresas del sector.
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