La Contraloría General de la República concluyó una Actuación Especial de Fiscalización al Hospital Universitario de Santander, en la cual estableció 21 hallazgos Administrativos, de los cuales 17 tienen presunta incidencia disciplinaria para dar traslado a la Procuraduría General de la Nación, 7 con Otras Incidencias para enviar a la Superintendencia Nacional de Salud y la Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Santander; 2 con presunto alcance penal y 4 hallazgos fiscales en cuantía de $4.366 millones.
Esta Actuación Especial de Fiscalización con enfoque de cumplimiento, se adelantó en desarrollo de una INTERVENCIÓN FUNCIONAL EXCEPCIONAL de la CGR respecto de los ejercicios de vigilancia y control iniciados por la Contraloría General de Santander, a los recursos involucrados en la gestión fiscal del Hospital Universitario de Santander.
La Contraloría revisó la asignación de los recursos ejecutados a través de la contratación de infraestructura, construcción, ampliación y/o remodelación del Hospital y en especial los relacionados con la UNIDAD NEONATAL – UCI- PEDIÁTRICA que se encuentran dentro de las vigencias 2021, 2022 y primer trimestre de 2023, incluyendo el contrato de obra No. 479 de 2015 (sobre hechos posteriores a la vigencia 2020 que no hubieran sido auditados), así como los contratos de adquisición de medicamentos e insumos médicos, contratación del talento humano, gestión de facturación, cuentas por cobrar y glosas de las vigencias 2021, 2022 y primer trimestre del 2023.
En esta actuación, realizada por la Contraloría Delegada para el Sector Salud, se evidenciaron debilidades como las siguientes:
· Revisados los contratos de obra 479 del 2015; 124, 196, 237, 341, 347, 365, 384, 385 del 2021; 163, 221, 260, 367, 380, 385 387, 388 de la vigencia 2022, en los que se analizó el componente jurídico, se identificaron falencias en la publicación en SECOP, planeación, y ejecución. En la mayoría de los contratos se presentaron prórrogas, adiciones y/o ítems no previstos, que generaron mayor tiempo para la ejecución, e inversión de más recursos.
Esta situación se observa, especialmente en los plazos acordados para la ejecución, los cuales no fueron los adecuados de acuerdo con la magnitud de la obra, lo que conlleva a la afectación del interés general, principalmente en la salud de la población santandereana.
· Se detectaron debilidades en la implementación de controles, al encontrar pagos en la vigencia auditada de fallos judiciales asumidos por la E.S.E. Hospital Universitario de Santander relacionados con incumplimiento a los derechos laborales.
· Se evalúo el proceso de contratación del talento humano de la E.S.E, concluyendo que el Hospital Universitario de Santander inobserva en el periodo auditado, lo estipulado en la Circular conjunta No. 20 de 2021 suscrita por los Ministerios de Salud y de Trabajo, con el Departamento Administrativo de la Función Pública, y el artículo 59 de la Ley 1438 de 2011, en la operación con terceros que ejecutan labores misionales, que solo deben ser vinculados para desarrollar funciones que no sean misionales y permanentes como lo establece la circular en mención.
· En algunos contratos las operaciones administrativas en las etapas postcontractuales (registro en la plataforma de aplicativo SECOP y liquidación) no están conforme a los acuerdos de voluntades suscritos, en términos de cumplimiento de la normatividad vigente y aplicable y los criterios de oportunidad, eficacia y eficiencia.
· La ESE Hospital Universitario Santander contrató y pagó honorarios profesionales, por una gestión de cobro jurídico de cartera inexistente e innecesaria toda vez que, la cartera efectivamente recaudada no corresponde por su edad a “Cartera de difícil cobro”, evidenciándose un presunto detrimento al patrimonio, por la ejecución y pago irregular de honorarios profesionales de cobro jurídico por $3.258.409.332 y la consecuente presunta connotación penal.
· El Hospital Universitario de Santander tuvo que asumir mayores valores en el pago de energía eléctrica, por no trasladar toda la carga eléctrica a la nueva subestación, durante el tiempo que estuvo suspendido el contrato 479 de 2015, por el orden de $750.443.422, causando detrimento patrimonial, debido a que esos recursos se dejaron de invertir en la misión institucional.
El Hospital Universitario modificó el objeto del contrato 365 de 2021, dado que no se proyectó, desde el inicio el presupuesto suficiente para su ejecución, las modificaciones realizadas en el alcance y especificaciones técnicas del objeto contractual afectan la prestación de los servicios concebidos en los estudios previos y la salud de los usuarios, inobservando los principios de planeación, de transparencia, economía, responsabilidad, igualdad y buena fe, lo cual constituye hallazgo con presunta incidencia disciplinaria y penal,
· Frente al proceso de facturación, se identificaron debilidades técnicas administrativas, financieras y jurídicas en el proceso de planeación precontractual, como la inoportunidad en un plazo razonable de ejecución de los contratos, situación que generó la continua y constante expedición de actas adición y prórrogas en la misma vigencia.
· La ESE Hospital Universitario de Santander contrató servicios profesionales de apoyo a la gestión del proceso de facturación, proceso en el cual se evidenció la aceptación de glosas por diversas inconformidades de tipo administrativo en un 72,3%, notificadas por las ERP. El valor reconocido por la entidad con POSIBLE RESPONSABILIDAD durante la vigencia 2021 configura un detrimento patrimonial por $12.489.496, y a la vez se solicita a la entidad dar continuidad al trámite de subsanación de glosas pendientes de la vigencia 2022.
· De una muestra seleccionada de 38 contratos de adquisición de medicamentos e insumos médicos, se evidenció que 22 contratos (57,8%) presentan mayores valores facturados y pagados, por un mayor valor de $344.819.976.
Con respecto a las cuentas por cobrar, se evidenciaron inconsistencias e inexactitudes en diversas actuaciones, producto de las gestiones de apoyo adelantadas en los procesos de facturación y gestión de cartera, que generaron la aceptación de glosas administrativas y su consecuente afectación en flujo de recursos y liquidez de la entidad.
· En las glosas se observaron debilidades en el proceso de planeación precontractual, en los controles aplicados por los supervisores en la ejecución de los contratos y en el seguimiento postcontractual en la liquidación de estos.
Lo anterior permitió establecer que, desde el inicio y durante la ejecución de los contratos, estos fueron objeto de adiciones y prórrogas constantes y repetitivas, generando un desgaste administrativo, financiero, tecnológico y de talento humano.
· Se encontraron deficiencias en la etapa de planeación, contractual, administrativa y en la supervisión en el seguimiento a los procesos adelantados en la gestión de cartera y auditoría de cuentas.