La Contraloría General de la República dejó en firme un fallo con responsabilidad fiscal por $1.146 millones, a título de culpa grave, contra el exalcalde de Zipaquirá (Cundinamarca) Marco Tulio Sánchez Gómez.
Esto por el manejo irregular de recursos públicos que se dio al reconocer y pagar un supuesto desequilibrio económico en cuantía de $900 millones al contratista Consorcio Hospitalario CCA, como compensación por diferentes suspensiones en la ejecución del contrato de obra pública No. 044 del 28 de noviembre de 2011.
El objeto de este contrato fue la “Construcción de la Fase II del Hospital de Tercer Nivel con servicios de Cuarto Nivel para el Municipio de Zipaquirá”, por valor de $9.763 millones.
Pago de compensación sin soporte
El reconocimiento del presunto desequilibrio económico no aparece soportado (ni registrado, ni mencionado) en el acta de liquidación del contrato de obra referido.
Además, en su petición a la Alcaldía Municipal de Zipaquirá, el contratista no detalló ni acreditó los supuestos sobrecostos que debió asumir como consecuencia de los defectos que se presentaron en la ejecución de la Fase I del contrato de construcción del hospital.
Y se determinó, igualmente, que el exalcalde no consultó el concepto de la firma Unión Temporal Salud Zipaquirá, encargada de la interventoría técnica y supervisión administrativa, financiera, contable y jurídica para el contrato de obra Fase II.
Marco Tulio Sánchez Gómez ejerció como Alcalde Municipal de Zipaquirá en el período 2012-2015.
Riesgos previsibles para el contratista
El contratista de la Fase II del hospital, al igual que la Administración Municipal, tenía conocimiento de las demoras para la entrega de las obras de la Fase I.
La Contraloría consideró que, al momento de no participar en la audiencia de revisión y asignación de riesgos y con la presentación de su propuesta económica, el contratista Consorcio Hospitalario CCA “aceptó de manera expresa e inequívoca el riesgo previsible que implicaba aspirar a la celebración del contrato de obra de la Fase II para la construcción del Hospital de Zipaquirá pese a que no se habían terminado de ejecutar las obras de la Fase I”.
Estimó que las circunstancias que antecedieron el proceso de contratación de la Fase II, para la culminación de obras en el hospital, a finales del año 2011, fueron riesgos previsibles que estuvieron en cabeza del Consorcio Hospitalario CCA como contratista, incorporados dentro de la presentación misma de su propuesta y por consiguiente no podía alegar ningún desequilibrio económico.
Valor indexado
El daño patrimonial causado en este caso ascendió a la suma de $900 millones, que al ser indexada quedó en $1.146 millones.
Este proceso se originó en un hallazgo fiscal detectado en la auditoría a los recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) al Municipio de Zipaquirá, sobre la Vigencia 2014.
El fallo de primera instancia fue proferido por el Director de Investigaciones No. 3 de la Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo y dejado en firme por la Contralora Intersectorial No. 8 de esta misma dependencia.