Tras la gestión adelantada por el Alcalde de San José de Cúcuta, César Omar Rojas Ayala, que incluyó el desplazamiento del mandatario local hacia Bogotá en compañía del sacerdote scalabriniano Francesco Bortignon, para buscar asesoría del Ministerio y garantizar el derecho a la educación de 4200 alumnos de la Institución Educativa Camilo Daza y en una jornada matizada por la protesta de la comunidad, se llegó a un principio de acuerdo que consiste en la aplicación de la figura contractual de la Unión Temporal entre las comunidades religiosas de los Claretianos y Scalabrinianos.
En los mejores términos Rojas Ayala junto a Doris Angarita Acosta, Secretaria de Educación Municipal y Jimmy Cárdenas Daza, Secretario de Gobierno y Convivencia Ciudadana con el acompañamiento del Procurador Regional Édgar Fandiño y la vocería de Presidente de la junta de Acción Comunal de Scalabrini Jhonattan Isaac García, se debatieron las posibles fórmulas para que los estudiantes del Camilo Daza inicien sus clases la próxima semana.
Luego de escuchar propuestas y contrapropuestas, la figura de la Unión Temporal, se consolidó tras la aceptación del Padre Francesco Bortignon, quien no estuvo presente en la reunión, y la disponibilidad manifestada por la comunidad Claretiana.
Para el Alcalde esta jornada fue satisfactoria, pues permitió llegar a hechos concretos que quedaron consignados en seis puntos: 1) Un principio de acuerdo entre las comunidades Claretiana y Scalabriniana, para que se apoyen y lleven a cabo los procesos académicos y pedagógicos; 2) La Comunidad Claretiana presta el percentil a efectos de cumplir con las exigencias del Decreto 1851 de 2015 y pide que para llevar a cabo la Unión Temporal, la capacitación de tres docentes para ser formados por los Claretianos para replicar su proyecto educativo, al tiempo que se garantiza la autonomía scalabriniana; 3) La Secretaría de Educación Municipal, se compromete a realizar el seguimiento a los acuerdos y a los docentes oficiales, con el ánimo de mejorar el proyecto educativo; 4) El acuerdo consiste en adelantar lo pertinente para la consecución de la Unión Temporal, presentando los documentos ante la Secretaría de Educación para poder celebrar el contrato los más pronto posible; 5) La Secretaría de Educación, socializa los componentes de la canasta educativa de la que es conocedora la comunidad cuya copia será entregada a ella; 6) La comunidad realizará veeduría y el monitoreo del proceso con acompañamiento de la Procuraduría y Defensoría del Pueblo.




















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