En una determinación sorpresiva, la Jurisdicción Especial para la Paz acaba de decirle al exalcalde de Cúcuta Ramiro Suárez Corzo No más. Esto significa que el exmandatario, que cumple una condena de 28 años por homicidio, deberá abandonar su proceso penal ante la JEP.
La contribución pretendida y expuesta por Suárez Corzo para comparecer en nada revela un programa de contribución a los derechos de las víctimas que supere los hallazgos y esfuerzos registrados en la jurisdicción penal ordinaria.
Este tribunal revoca la admisión de Suárez Corzo a través de la Sala de Definición de este tribunal, que consideró que el exalcalde aceptó parcialmente su colaboración solamente en uno de los dos homicidios que se le imputan participó, el del Veedor Ciudadano Pedro Durán Franco.
Resultó claro para la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP que Ramiro Suárez Corzo no cumplió con la exigencia de aportar verdad plena en los casos sometidos a estudio. No podía dejarse pasar por alto el contexto regional del control paramilitar que se ejercía en el departamento del Norte de Santander y especialmente en la ciudad de Cúcuta, donde hizo presencia la estructura paramilitar Bloque Catatumbo frente Fronteras, la cual desarrolló el patrón de macrocriminalidad de cooptación de las autoridades del orden local y nacional. Para la Sala, un aporte de verdad que trascienda lo establecido en la justicia ordinaria tendría que develar este entramado de corrupción y de criminalidad, pero Suárez Corzo no mencionó nada de ello en el trámite de su solicitud ante la JEP.
Igualmente, por el segundo homicidio, el del excontralor departamental Alfredo Flórez, la Sala de Definición decidió que su verdad no ha sido suficiente y que los aportes al caso rendidos por Ramiro Suárez ante la JEP en los dos casos es insuficiente, lo cual permite al tribunal abrirle un proceso de incidente por incumplimiento.
Pese a esta situación, Suárez Corzo seguirá cumpliendo su pena mediante casa por cárcel al haber cumplido 3 cuartas partes de la condena.