“Más de 700 beneficiarios del subsidio de la tercera edad perderán la ayuda por no efectuar el cobro del beneficio en dos nóminas consecutivas”, aseguró Alexander Guarín, coordinador del programa de la tercera edad, adscrito al Departamento Administrativo de Bienestar Social Municipal.
La alarmante cifra la dio a conocer el funcionario luego de finalizar el cuarto ciclo de pagos del auxilio al que no acudieron la totalidad de los beneficiarios por razones desconocidas por el programa.
La situación empeora al conocer que el no evacuar la nómina en el95 por ciento el municipio no podrá acceder a una ampliación de cobertura de la cual se favorecerían más de 8.000 adultos mayores de la capital nortesantandereana, en situación de vulnerabilidad.
Guarín aseveró que “el no reclamar los dineros es considerado como una falta grave por el programa lo que es indicador de que en la ciudad no se necesita del beneficio y puede ocasionar que sean dispuestos para otro municipio. El monto que no es cobrado es devuelto por el consorcio Prosperar (entidad fiduciaria encargada de efectuar los pagos) al Ministerio de la Protección Social,”.
Uno de los posibles agravantes puede ser la situación de frontera debido a la facilidad de desplazamiento de los adultos mayores que abandonan la ciudad y no acuden a realizar el cobro del subsidio y no se pronuncian ni ellos, ni sus funcionarios para aclarar la situación ante el personal de Bienestar Social Municipal.
Taíz del Pilar Ortega, Directora de Bienestar Social Municipal extendió el llamado para que los afectados acudan a la oficina ubicada en la calle 9ª con avenida 1ª A, Cerca de la antigua cárcel del Chofer a exponer su caso para dar pronta solución a este inconveniente que afecta al programa. Las personas que no han realizado el cobro oportuno deben presentar prueba de supervivencia y exponer el caso.
Para efectos del trámite se publicará un edicto que contendrá los 700 nombres y números de cédulas de las personas que no han realizado el cobro del auxilio, una vez desfijado el edicto se procederá a realizar los cambios efectivos y reasignar los cupos a los adultos mayores que se encuentran en lista de espera y que se encuentran aptos para recibir el beneficio.
También se conoció que después de realizar el trámite de verificación que va hasta el viernes 13 de agosto se dispondrán los dineros para los adultos mayores en lista de espera, lo que indica la pérdida del beneficio a los infractores pues el no cobrar el subsidio bimensual es un agravante sancionado por con la exclusión del programa.
El año pasado por gestión de la Alcaldesa María Eugenia Riascos Rodríguez se logró una ampliación de cobertura de 952 cupos nuevos para el municipio, por lo que la Administración Municipal enfatiza su llamado para que los familiares de los beneficiarios se reporten ante el personal del Departamento Administrativo de Bienestar Social Municipal para efectos de actualización de documentación.
Las directrices del programa recomiendan a los beneficiarios de los subsidios otorgados por el Ministerio de la Protección Social para que se inscriban a cualquier grupo de la tercera edad con el propósito de facilitar la localización de las personas y mejorar la comunicación para que acudan oportunamente a realizar los cobros de cada ciclo.
En Cúcuta hay 220 grupos de la tercera edad legalmente constituidos que periódicamente están en contacto con la Administración Municipal y que periódicamente reciben los beneficios destinados para esta población como ayudas técnicas, entrega de mercados, jornadas integrales de salud, entre otras.
Para acceder al programa las personas deben ser Colombianas de nacimiento, acreditar el documento de identidad vigente, no ser aportante ni beneficiario de salud, ser mayor de 65 años, en caso de tener limitaciones físicas las mujeres deben ser mayores de 52 años, hombres 57 años y presentar el certificado de discapacidad expedido por el Ministerio de la Protección Social, tener lugar de residencia fija en Cúcuta y constancia de la misma por más de 10 años, que sus hijos no tengan ingresos superiores a un salario mínimo legal vigente y no ser cotizante de pensión para la vejez.